lunes, 10 de abril de 2017

Jurisprudencia - Absolución de diplomático extranjero que guardaba armas en su residencia


Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, Sentencia 158/2017 de 13 Mar. 2017, Rec. 1927/2016: Depósito de armas. Absolución. Concurrencia de error de prohibición por desconocer el acusado que estuviese realizando una conducta ilícita. Diplomático de Sierra Leona que guardaba en su residencia -antigua sede del consulado de Marbella- un fusil de asalto y dos pistolas sin licencia, además de otras 18 armas de fuego legalizadas. La explicación de que el fusil había entrado en España legalmente, por valija diplomática, para proteger la seguridad del Presidente, y aquél se limitaba a mantenerlo bajo llave -custodiándolo temporalmente- hasta que fuese retirado por las autoridades de su país resulta plausible. Inexistencia del "animus possidendi". Mera detentación de una posesión ajena, hasta que fuese recogida por los servicios de seguridad. Reformatio in peius. Márgenes de la facultad de revisión de sentencias absolutorias. Imposibilidad de una reconsideración de la prueba practicada para modificar los presupuestos fácticos de los elementos subjetivos de la conducta enjuiciada.
Ponente: Conde-Pumpido Tourón, Cándido.
Nº de Sentencia: 158/2017
Nº de Recurso: 1927/2016
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 8958, Sección Jurisprudencia, 10 de Abril de 2017
[ECLI: ES:TS:2017:1030]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.