miércoles, 15 de marzo de 2017

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (15.3.2017)


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda) de 15 de marzo de 2017, en el asunto C‑528/15 (Al Chodor): Procedimiento prejudicial — Criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional — Reglamento (UE) n.º 604/2013 (Dublín III) — Artículo 28, apartado 2 — Internamiento para fines de traslado — Artículo 2, letra n) — Riesgo considerable de fuga — Criterios objetivos — Ausencia de definición legal.
Fallo del Tribunal: "El artículo 2, letra n), y el artículo 28, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, analizados conjuntamente, deben interpretarse en el sentido de que exigen a los Estados miembros establecer, en una disposición obligatoria de alcance general, los criterios objetivos en los que se basan las razones que permitan pensar que el solicitante de protección internacional que es objeto de un procedimiento de traslado pueda fugarse. La falta de tal disposición determina la imposibilidad de aplicar el artículo 28, apartado 2, de ese Reglamento."

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