miércoles, 25 de enero de 2017

Jurisprudencia - Derecho de residencia temporal para evitar la salida del territorio de la UE de los hijos a su cargo


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 15/2017 de 10 Ene. 2017, Rec. 961/2013: Extranjeros. Residencia en supuestos excepcionales. Derecho a la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales solicitada. Se anula la Resolución de la DG Inmigración que denegó, de forma indebida, la autorización solicitada por causa extraordinaria, por existencia de antecedentes penales. Inaplicación, a la luz de la cuestión prejudicial planteada y de la doctrina del TJUE, del art. 31.4 Ley Extranjería, que prohíbe otorgar la residencia de forma incondicional a quienes tengan antecedentes penales. El solicitante es progenitor de dos hijos a su cargo, ciudadanos de la UE, escolarizados y correctamente atendidos por el progenitor. Además, la cancelación de los antecedentes penales ya estaba en tramitación, como posteriormente sucedió. Se cumplen las exigencias del art. 7.1 d) Directiva 2004/38. Derecho a la autorización solicitada, pues la indebida denegación supondría la salida del territorio de la UE de los dos hijos, ciudadanos de la Unión, desconociendo su derecho a residir y a desplazarse en el territorio de la Unión.
Ponente: Espín Templado, Eduardo.
Nº de Sentencia: 15/2017
Nº de Recurso: 961/2013
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 8908, Sección Jurisprudencia, 25 de Enero de 2017

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.