jueves, 12 de enero de 2017

DOUE de 12.1.2017


Resumen ejecutivo del dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre el primer paquete de reformas del Sistema Europeo Común de Asilo (Reglamentos Euroodac, EASO y Dublín).
Nota: El SEPD recomienda, entre otros puntos, las siguientes vías de actuación principales:
— Mencionar en el Reglamento de Dublín que la introducción del uso de un identificador único en la base de datos de Dublín no podrá en ningún caso utilizarse para fines distintos de los descritos en el Reglamento de Dublín;
— Realizar una evaluación completa del impacto sobre la protección de datos y la privacidad en la refundición del Reglamento Eurodac de 2016 con el fin de determinar las repercusiones que tendría la nueva propuesta textual y la prolongación del ámbito de aplicación de la base de datos Eurodac sobre la privacidad;
— Evaluar la necesidad de recopilar y usar las imágenes faciales de las categorías de personas contempladas en la refundición del Reglamento Eurodac de 2016 y la proporcionalidad de su recopilación, partiendo de un estudio coherente o de un enfoque basado en datos contrastados;
— Evaluar detenidamente la situación de los menores y efectuar una ponderación entre los riesgos y perjuicios que puede entrañar el procedimiento consistente en tomar las huellas dactilares de menores y las ventajas de las que pueden beneficiarse, aparte de la exposición de motivos.
El dictamen define igualmente otras deficiencias de las diferentes propuestas y define recomendaciones adicionales en materia de protección de datos y privacidad que deberían tenerse en cuenta en el proceso legislativo.

Texto completo del Dictamen: [inglés] [francés]

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