lunes, 12 de septiembre de 2016

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

-Asunto C-486/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 29 de junio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hanseatisches Oberlandesgericht Hamburg — Alemania) — Procedimiento penal contra Piotr Kossowski [Procedimiento prejudicial — Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen — Artículos 54 y 55, apartado 1, letra a) — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 50 — Principio non bis in idem — Procedencia de unas diligencias penales contra un inculpado en un Estado miembro tras el sobreseimiento en otro Estado miembro del procedimiento penal iniciado en su contra por la fiscalía sin una instrucción en profundidad — Inexistencia de apreciación del fondo del asunto]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 29.6.2016.
-Asunto C-18/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 13 de julio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo — Portugal) — Brisal — Auto Estradas do Litoral SA, KBC Finance Ireland/Fazenda Pública (Procedimiento prejudicial — Artículo 56 TFUE — Libre prestación de servicios — Restricciones — Legislación tributaria — Tributación de los intereses percibidos — Diferencia de trato entre las entidades financieras residentes y las entidades financieras no residentes)
Nota: Véase la entrada de este blog del día 13.7.2016.
-Asunto C-70/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de julio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy — Polonia) — Emmanuel Lebek/Janusz Domino [Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Artículo 34, punto 2 — Demandado que no comparece — Reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales — Motivos de denegación — No entrega al demandado rebelde de la cédula de emplazamiento con tiempo suficiente — Concepto de «recurso» — Demanda tendente a la exención de la preclusión — Reglamento (CE) n.o 1393/2007 — Artículo 19, apartado 4 — Notificación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales — Plazo de admisibilidad de la demanda tendente a la exención de la preclusión]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 7.7.2016.
-Asunto C-115/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de junio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour of Appeal (England & Wales) (Civil Division) — Reino Unido) — Secretary of State for the Home Department/NA [Procedimiento prejudicial — Artículos 20 y 21 TFUE — Directiva 2004/38/CE — Artículo 13, apartado 2, párrafo primero, letra c) — Reglamento (CEE) n.o 1612/68 — Artículo 12 — Derecho de residencia de los miembros de la familia de un ciudadano de la Unión — Matrimonio entre un ciudadano de la Unión y un nacional de un tercer Estado — Actos de violencia conyugal — Divorcio precedido de la partida del ciudadano de la Unión — Mantenimiento del derecho de residencia del nacional de un tercer Estado que tiene la custodia de los hijos comunes ciudadanos de la Unión]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 30.6.2016.
-Asunto C-123/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 30 de junio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof — Alemania) — Max-Heinz Feilen/Finanzamt Fulda (Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Libre circulación de capitales — Impuesto sobre sucesiones — Normativa de un Estado miembro que prevé una reducción del impuesto sobre sucesiones aplicable a las sucesiones en un patrimonio que ya fue objeto de una transmisión hereditaria que dio lugar a la percepción de ese impuesto en ese Estado miembro — Restricción — Justificación — Coherencia del régimen fiscal)
Nota: Véase la entrada de este blog del día 30.6.2016.
-Asunto C-176/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 30 de junio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Liège — Bélgica) — Guy Riskin, Geneviève Timmermans/État belge (Procedimiento prejudicial — Libre circulación de capitales — Artículos 63 TFUE y 65 TFUE — Artículo 4 TUE — Fiscalidad directa — Tributación de los dividendos — Convenio bilateral para evitar la doble imposición — Estado tercero — Ámbito de aplicación)
Nota: Véase la entrada de este blog del día 30.6.2016.
-Asunto C-196/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 14 de julio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Paris — Francia) — Granarolo SpA/Ambrosi Emmi France SA [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Artículo 5, puntos 1 y 3 — Órgano jurisdiccional competente — Conceptos de «materia contractual» y de «materia delictual» — Ruptura repentina de relaciones comerciales de larga duración — Acción de indemnización — Conceptos de «compraventa de mercaderías» y de «prestación de servicios»]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 14.7.2016.
-Asunto C-205/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 30 de junio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por la Judecătoria Sibiu — Rumanía) — Direcția Generală Regională a Finanțelor Publice Brașov (DGRFP)/Vasile Toma, Biroul Executorului Judecătoresc Horațiu-Vasile Cruduleci (Procedimiento prejudicial — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 47 — Derecho de acceso a un tribunal — Principio de igualdad de armas — Principios de equivalencia y de efectividad — Procedimiento de ejecución forzosa de una resolución judicial que ordena la restitución de un impuesto recaudado en contra de lo dispuesto por el Derecho de la Unión — Exención de las autoridades públicas de determinadas tasas judiciales — Competencia del Tribunal de Justicia)
Nota: Véase la entrada de este blog del día 30.6.2016.
-Asunto C-222/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de julio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Pécsi Törvényszék — Hungría) — Hőszig Kft./Alstom Power Thermal Services [Procedimiento prejudicial — Cláusula atributiva de competencia — Cooperación judicial en materia civil — Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Artículo 23 — Cláusula incluida en unas condiciones generales — Consentimiento de las partes a dichas condiciones — Validez y precisión de una cláusula de este tipo]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 7.7.2016.
-Asunto C-230/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 14 de julio de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Den Haag — Países Bajos) — Brite Strike Technologies Inc./Brite Strike Technologies SA [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Artículo 22, punto 4 — Competencia judicial respecto de los litigios en materia de propiedad intelectual — Artículo 71 — Convenios celebrados entre Estados miembros sobre materias específicas — Convención del Benelux sobre propiedad intelectual — Competencia judicial respecto de los litigios relativos a las marcas, dibujos y modelos Benelux — Artículo 350 TFUE]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 14.7.2016.
NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-218/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Okręgowy w Gorzowie Wielkopolskim (Polonia) el 19 de abril de 2016 — Aleksandra Kubicka
Cuestión planteada: "¿Deben interpretarse los artículos 1, apartado 2, letras k) y l), o 31, del Reglamento (UE) n.o 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo [omissis], en el sentido de que permiten la denegación del reconocimiento de los efectos reales del legado vindicatorio (legatum per vindicationem) previsto por la ley sucesoria, cuando éste afecta a la propiedad de un inmueble situado en un Estado miembro cuya legislación no conoce el instituto del legado con efectos reales directos?"
-Asunto C-278/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Aachen (Alemania) el 19 de mayo de 2016 — Frank Sleutjes
Cuestión planteada: "El artículo 3 de la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales […], ¿debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «sentencia» del artículo 37, apartado 3, de la StPO también comprende las resoluciones penales a las que se refieren los artículos 407 y siguientes de la StPO?"
-Asunto C-346/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Kehl (Alemania) el 21 de junio de 2016 — Procedimiento penal seguido contra C
Cuestiones planteadas:
"1) ¿Deben interpretarse el artículo 67 TFUE, apartado 2, y los artículos 20 y 21 del Reglamento n.o 562/2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (en lo sucesivo, «Código de fronteras Schengen»), u otras disposiciones de la Unión Europea, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que atribuye a las autoridades policiales del Estado miembro de que se trate la facultad de efectuar registros físicos de objetos, con independencia del comportamiento de la persona en cuya posesión se encuentren dichos objetos y de la existencia de circunstancias especiales, en una zona de 30 km desde la frontera terrestre de dicho Estado miembro con los Estados parte en el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985, para prevenir o impedir la entrada ilícita en el territorio de ese Estado miembro o para prevenir determinados delitos contra la seguridad de las fronteras o contra la gestión de las fronteras o que se cometan en relación con el cruce de la frontera, sin que se hayan restablecido temporalmente los controles de las fronteras interiores afectadas con arreglo a los artículos 23 y siguientes del Código de fronteras Schengen?
2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿deben interpretarse los artículos 67 TFUE, apartado 2, y los artículos 20 y 21 del Código de fronteras Schengen, u otras disposiciones de la Unión Europea, en el sentido de que se oponen a una normativa o praxis nacionales que permiten a un tribunal penal de ese Estado miembro hacer valer en contra del acusado una prueba pese a que ésta hubiera sido obtenida mediante una medida administrativa que infringe determinadas normas de la Unión Europea?"
-Asunto C-367/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hof van beroep te Brussel (Bélgica) el 5 de julio de 2016 — Openbaar Ministerie/Dawid Piotrowski
Cuestiones planteadas:
"1) ¿Debe interpretarse el artículo 3, número 3, de la Decisión Marco sobre la orden de detención europea en el sentido de que sólo puede autorizarse la entrega de personas que, conforme al Derecho del Estado miembro de ejecución, tengan la consideración de menores de edad, o bien permite dicho artículo al Estado miembro de ejecución autorizar la entrega de menores de edad que, conforme a las normas nacionales, pueden ser considerados penalmente responsables a partir de una determinada edad (y, en su caso, se cumplan una serie de requisitos).
2) En el supuesto de que la entrega de menores de edad esté prohibida en virtud del artículo 3, número 3, de la Decisión Marco, ¿debe interpretarse el artículo 3, número 3, de la Decisión Marco:
a) en el sentido de que la posibilidad (teórica) de imponer una sanción penal, conforme al Derecho nacional, a un menor a partir de una determinada edad basta como criterio para permitir la entrega (dicho con otras palabras, mediante una apreciación in abstracto sobre la base del criterio de la edad a partir de la cual una persona puede ser considerada penalmente responsable, sin tener en cuenta eventuales requisitos adicionales), o
b) en el sentido de que ni el principio de reconocimiento mutuo, establecido en el artículo 1, apartado 2, de la Decisión Marco, ni el tenor del artículo 3, número 3, de la Decisión Marco se oponen a que el Estado miembro de ejecución realice una apreciación in concreto caso por caso en virtud de la cual pueda exigirse que, en cuanto atañe a la persona buscada en el marco de la entrega, se cumplan requisitos relativos a la responsabilidad penal iguales a los aplicables a los nacionales del Estado miembro de ejecución, a la vista de su edad en el momento de los hechos, de la naturaleza del delito imputado y, en su caso, de actuaciones judiciales anteriores en el Estado miembro emisor que hayan dado lugar a una medida de carácter educativo, aun cuando no se cumplieran los requisitos en el Estado miembro emisor?
3) Si el Estado miembro emisor puede realizar una apreciación in concreto, ¿no procede establecer una distinción, con objeto de evitar la impunidad, entre una entrega a efectos del ejercicio de una acción penal y una entrega a efectos de la ejecución de la pena?"

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