martes, 5 de julio de 2016

Jurisprudencia - Para el delito de sustracción de menores no hace falta resolución previa sobre régimen de custodia


Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección 3ª, Sentencia 10/2016 de 15 Mar. 2016, Rec. 2/2016: Delito de sustracción de menores. Traslado de menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva –art. 225 bis 2.1º CP-. Apartamiento de la línea jurisprudencial existente que exigía, como elemento del tipo, la existencia de una resolución administrativa o judicial fijando un régimen de custodia que sería el incumplido. Sólo en el apartado 2.2°se exige que la retención incumpla gravemente alguna de tales resoluciones. En el caso, retorno a España del padre con su hija desde su lugar de residencia –Bogotá-, tras una crisis en la pareja, sin permiso de la madre. Revocación de la absolución de instancia. Puede ser sujeto activo del delito el progenitor custodio y no es requisito indispensable la existencia de una resolución judicial previa en la que se establezca el régimen de custodia del menor. La decisión de trasladar a la menor, para no ser ilícita, ha de ser tomada en interés de ésta, pero de mutuo acuerdo para que no tenga trascendencia penal.

Ponente: Barreiro Avellaneda, María de los Angeles.
Nº de Sentencia: 10/2016
Nº de Recurso: 2/2016
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 8796, Sección La Sentencia del día, 5 de Julio de 2016

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