sábado, 23 de julio de 2016

DOUE de 23.7.2016


-Decisión (UE) 2016/1197 del Consejo, de 26 de octubre de 2015, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Kiribati sobre exención de visados para estancias de corta duración.
Nota: Mediante el presente acto se autoriza la firma del Acuerdo entre la UE y la República de Kiribati sobre exención de visados para estancias de corta duración. El Acuerdo se aplicará provisionalmente a partir del día siguiente a la fecha de su firma, que la Secretaria General del Consejo se encargará de publicar en el DOUE.
Esta Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que Irlanda no participa de conformidad con la Decisión 2002/192/CE del Consejo, por lo que Irlanda no participa en su adopción y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación.
Para el texto del Acuerdo véase la siguiente referencia de esta entrada.
-Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Kiribati sobre exención de visados para estancias de corta duración.

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