viernes, 30 de octubre de 2015

DOUE de 30.10.2015


-Decisión (UE) 2015/1947 del Consejo, de 1 de octubre de 2015, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo de enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.
Nota: Mediante este acto se aprueba en nombre de la UE el Protocolo de enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.
Véase la siguiente referencia.
-Protocolo de enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.
Nota: El Protocolo de enmienda entró en vigor el día 22.2.2017. Véase la entradade este blog del día 1.3.2017.
-Decisión de Ejecución (UE) 2015/1956 del Consejo, de 26 de octubre de 2015, por la que se establece la fecha a partir de la cual surtirá efecto la Decisión 2008/633/JAI sobre el acceso para consultar el Sistema de Información de Visados (VIS) por las autoridades designadas de los Estados miembros y por Europol, con fines de prevención, detección e investigación de delitos de terrorismo y otros delitos graves.
Nota: La Decisión 2008/633/JAI surtirá efecto desde el 1.9.2013. Nótese la fecha: hace más de dos años que produce efectos (!!!).

-Reglamento de Ejecución (UE) no 1101/2014 de la Comisión, de 16 de octubre de 2014, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común.
Nota: Se sustituye el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87, entrando en vigor el 1.1.2016.

-Posición (UE) no 13/2015 del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) no 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE
Adoptada por el Consejo el 18 de septiembre de 2015.
Nota: Véase la siguiente referencia, en la que se contiene la exposición de motivos de la Posición del Consejo.
-Exposición de motivos del Consejo: Posición (UE) no 13/2015 del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento 2004/06/001(CE) no 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo.
Nota: Véase la referencia anterior.

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