miércoles, 1 de julio de 2015

DOUE de 1.7.2015


-Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de San Cristóbal y Nieves sobre exención de visados para estancias de corta duración.
Nota: Este Acuerdo sobre exención de visados para estancias de corta duración entrará en vigor el 1.8.2015.

-Comunicación de la Comisión por la que se modifica el anexo de la Comunicación de la Comisión a los Estados miembros sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea al seguro de crédito a la exportación a corto plazo.
Nota: La Comunicación de la Comisión de referencia (véase la entrada de este blog del día 19.12.2012) establece en el punto 13 que los aseguradores estatales no pueden asegurar créditos a la exportación a corto plazo en el caso de los riesgos negociables. Los riesgos negociables se definen en el punto 9 como riesgos comerciales y políticos, con un período de riesgo máximo de menos de dos años, con respecto a compradores (públicos y no públicos) en los países que figuran en el anexo de la Comunicación. Como consecuencia de la difícil situación que atravesaba Grecia, de 2012 a 2014 se constató una insuficiente capacidad de seguro o reaseguro para cubrir las exportaciones a dicho país. Ello llevó a la Comisión a modificar la Comunicación, excluyendo temporalmente a Grecia de la lista de países cuyos riesgos son negociables en 2013, 2014 y durante el primer semestre de 2015. la Comisión empezó a revisar la situación varios meses antes de que finalizara la exclusión temporal para determinar si la situación actual del mercado justifica la expiración de la exclusión de Grecia de la lista de países cuyos riesgos son negociables a partir del 1 de julio de 2015, o si la capacidad de mercado sigue siendo insuficiente para cubrir todos los riesgos económicamente justificables, por lo que es necesaria una prórroga. El resultado es que la Comisión ha constatado una falta de capacidad privada suficiente para cubrir todos los riesgos económicamente justificables y ha decidido prorrogar la exclusión de Grecia de la lista de riesgos negociables hasta el 30 de junio de 2016.
-Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Tabla de correspondencias.
Nota: Véase el nuevo Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, así como la entrada de este blog del día 23.5.2015.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.