martes, 10 de julio de 2012

BOE de 10.7.2012


Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Nota: La disposición final quinta del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, dio nueva redacción al art. 7 Real Decreto 240/2007, en el que se regula la residencia por un período superior a tres meses de ciudadanos de Estados miembros de la UE y del EEE (recuérdese que, de acuerdo con la DA 3ª, se incluye igualmente a los ciudadanos suizos y a los miembros de sus familias). Esta disposición desarrolla ahora las previsiones contenidas en el mencionado precepto, y que se corresponden con las establecidas en el art. 7 de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE.
Todo este tema tiene su origen en que en la redacción original del Real Decreto 240/2007 no se incluía la totalidad de exigencias previstas en el art. 7 de la Directiva 2004/38/CE, lo que no garantizaba el reembolso de los gastos ocasionados por la prestación de servicios sanitarios y sociales a ciudadanos europeos.

Sin embargo, lo mejor de esta disposición está en su ámbito temporal de aplicación. Veamos. La Orden entrará en vigor mañana (DF segunda) pero se aplica a las solicitudes presentadas a partir del 24 de abril (DT única). Prevé una retroacción para las "solicitiudes" presentadas desde hace dos meses y medio. ¿Cómo se come esto? Hay que ir pensando en una nueva teoría general del Derecho, o en un curso acelerado de sentido común (o, incluso, en ambas cosas a la vez).
[BOE n. 164, de 10.7.2012]

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