sábado, 7 de abril de 2012

BOE de 7.4.2012


Ley 3/1985 de la Comunidad Autónoma del país Vasco, de 27 de febrero, por la que se crea y regula la Institución del "Ararteko".
Nota: El art. 1.1 establece que el Ararteko es el comisionado del Parlamento para la defensa de los derechos del Titulo I de la Constitución, garantizándolos de acuerdo con la Ley y velando porque se cumplan los principios generales del orden democrático contenidos en el art. 9 del Estatuto de Autonomía del País Vasco.
El art. 4 establece como uno de los requisitos para poder ser elegido Ararteko el tener la condición política de vasco (letra a). Paralelamente, el art. 7 determina que se cesará en el cargo por la pérdida de la condición política de vasco (ap. 1.g).
[BOE n. 84, de 7.4.2012]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.