jueves, 28 de abril de 2011

Jurisprudencia - Fiscalidad


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 11 Oct. 2010, rec. 3632/2007: Tratamiento fiscal de las cantidades satisfechas por un club español en concepto de derechos de traspaso de un futbolista. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Inexistencia de obligación real de contribuir por el 15% del traspaso de un futbolista. Pacto celebrado entre el club cedente de los derechos federativos del jugador, el club español que quiere adquirirlos y el jugador, cuyo objeto consiste en la adquisición de esos derechos para inscribirlos a favor del club español en la Real Federación Española de Fútbol. Las cantidades satisfechas derivan de la rescisión anticipada del contrato laboral que unía al jugador con el club cedente. Novación subjetiva, mediante la que el club español ocupa la posición del club cedente, haciendo frente a una obligación de pago que a este último concernía en cumplimiento de la normativa de su país. Las cantidades satisfechas por el club español en concepto de derechos de traspaso, no pueden ser calificadas como rendimientos del trabajo personal del futbolista sometidos a tributación, obligación real de contribuir. Voto particular.
Ponente: Huelín Martínez de Velasco, Joaquín.
Nº de Recurso: 3632/2007
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7618, Sección Jurisprudencia, 28 Abr. 2011

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