jueves, 12 de agosto de 2010

BOE de 12.8.2010


-Recurso de inconstitucionalidad n.º 1017-2010, en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/2009, de 28 de abril, de los recursos contra la calificación negativa de los títulos o las cláusulas concretas en materia de derecho catalán que deban inscribirse en un registro de la propiedad, mercantil o de bienes muebles de Cataluña.
Nota: El Tribunal constitucional ha acordado "1.º Mantener la suspensión de los incisos «y al menos uno se basa en normas del derecho catalán o en su infracción» e «incluidos los que no aleguen la infracción de una norma del derecho catalán» del art. 3.4 de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/2009, de 28 de abril, de los recursos contra la calificación negativa de los títulos o las cláusulas concretas en materia de derecho catalán que deban inscribirse en un registro de la propiedad, mercantil o de bienes muebles de Cataluña, así como, por conexión, del inciso «o junto con otros motivos» de su art. 1. 2.º Levantar la suspensión en lo restante de los arts. 1 y 3.4 y de los arts. 3.3 y 7.2."
Véase la Ley 5/2009 de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de 28 de abril, así como las entradas de este blog del día 27.2.2010.
-Ley 4/2010 de la Comunidad Autónoma de Aragón, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón.
Nota: Véase la Ley 9/1998 de la Comunidad Autónoma de Aragón, de 22 de diciembre.
[BOE n. 195, de 12.8.2010]

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