miércoles, 10 de febrero de 2010

Jurisprudencia


-Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 15ª, Sentencia de 16 Sep. 2009, rec. 628/2008: Transporte aéreo. Extravío de equipaje y retraso del vuelo inicial y consiguiente pérdida de enlace. Indemnización. Cambio de criterio de la Sala en lo que respecta al resarcimiento de los daños por pérdida de equipaje. Aplicación del límite cuantitativo del art. 22 del Convenio de Montreal al conjunto de daños materiales y morales sufridos. El resarcimiento del daño moral y del daño material con la aplicación por separado de dicha limitación a cada uno de los daños padecidos no se concilia correctamente con el sistema unitario de responsabilidad que subyace en el Convenio, pues éste no distingue ni la naturaleza ni la entidad del daño a efectos de aplicar aquel límite. Confirmación de la cantidad reconocida en la instancia por el extravío al haberse otorgado una indemnización por el daño material por el límite máximo del precepto. También se confirma la suma concedida por la demora en el vuelo inicial con la consecuente pérdida del enlace previsto con otro vuelo conforme al art. 7 del Reglamento (CE) nº 261/2004 (600 euros a cada pasajero). Conducción de los demandantes hasta el destino final en un transporte alternativo con una diferencia en la hora de llegada respecto de la prevista para el vuelo inicialmente reservado superior a las cuatro horas.
Ponente: Irigoyen Fujiwara, Daniel.
Nº de Sentencia: 313/2009
Nº de Recurso: 628/2008
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 7339, Sección Jurisprudencia, 10 Feb. 2010
-Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección Pleno, Sentencia de 27 Nov. 2009, rec. 603/2007: Responsabilidad de las Administraciones Públicas. Del Estado. Obligación del Estado de reparar las lesiones antijurídicas que los ciudadanos sufran en su patrimonio como consecuencia del funcionamiento de la Oficina del Defensor del Pueblo. Competencia del Consejo de Ministros para conocer y resolver este tipo de reclamaciones. La falta de regulación legal de la responsabilidad de un poder o servicio no implica la inmunidad de sus actuaciones. Supuesto en el que un ciudadano interpuso una reclamación ante el Letrado Mayor de las Cortes Generales por irregularidades en la tramitación de una queja ante la Oficina del Defensor del Pueblo, la cual fue remitida a la Comisión de Peticiones del Congreso de los Diputados, que la archivó. Desestimación del recurso al no poder ser objeto de control jurisdiccional la resolución de la comisión parlamentaria, debiendo dirigirse el interesado al Consejo de Ministros para ejercitar la acción de responsabilidad. Votos particulares.
Ponente: Huelín Martínez de Velasco, Joaquín.
Nº de Recurso: 603/2007
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7339, Sección La Sentencia del día, 10 Feb. 2010

Nota: El origen de esta sentencia está en una solicitud dirigida al Defensor del Pueblo para que interviniera ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación por las posibles irregularidades en la tramitación de una comisión rogatoria enviada a las autoridades judiciales bielorrusas en el marco de un procedimiento de modificación de medidas paterno-filiales. Concretamente, en un retraso de la Embajada de España en Moscú en cursar la comisión rogatoria que las autoridades bielorrusas le habían remitido una vez cumplimentada.

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