martes, 12 de mayo de 2009

DOUE de 12-5-2009


-Decisión de la Comisión, de 5 de mayo de 2009, por la que se aprueban medidas de aplicación para el mecanismo de consulta y los demás procedimientos contemplados en el artículo 16 del Reglamento (CE) nº 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Sistema de Información de Visados (VIS) y el intercambio de datos sobre visados de corta duración entre los Estados miembros (Reglamento VIS) [notificada con el número C(2009) 2359].
Nota: Véase el Reglamento (CE) nº 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008.
[DOUE L117, de 12-5-2009]


-Posición Común (CE) nº 17/2009, de 5 de marzo de 2009, aprobada por el Consejo de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, con vistas a la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica la Instrucción consular común dirigida a las misiones diplomáticas y oficinas consulares de carrera en relación con la introducción de identificadores biométricos y se incluyen disposiciones sobre la organización de la recepción y la tramitación de las solicitudes de visado.
Nota: Véase la Instrucción consular común dirigida a las misiones diplomáticas y oficinas consulares de carrera, así como la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica la Instrucción consular común dirigida a las misiones diplomáticas y oficinas consulares de carrera en relación con la introducción de datos biométricos y se incluyen disposiciones sobre la organización de la recepción y la tramitación de las solicitudes de visado [COM(2006) 269 final].
[DOUE C 108E, de 12-5-2009]

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