miércoles, 24 de septiembre de 2008

Novedades extranjería


El servicio de guardia en el ámbito de lo contencioso-administrativo. Sombras sobre la legalidad del Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre del Consejo General del Poder Judicial
Alba M.ª TABOADA GARCÍA. Abogada del Estado en Madrid
Diario La Ley, Nº 7019, Sección Doctrina, 24 Sep. 2008
El Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 28 de noviembre de 2007 ha atribuido a los Juzgados de guardia la competencia para adoptar medidas cautelarísimas en el ámbito del Derecho de extranjería, cuando éstas son pedidas en horas o días inhábiles. En este artículo se pretende analizar la legalidad de la norma reglamentaria y las consecuencias que conlleva para la Administración tal alteración competencial.
Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia de 12 May. 2008, rec. 4398/2004. EXTRANJEROS. Limitaciones de la libertad de residencia y circulación en el territorio nacional de los extranjeros que se hallen legalmente en el territorio. Análisis de la facultad de los delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla para acordar el alejamiento de las mencionadas ciudades. La medida ha de adoptarse de manera individualizada. La toma en consideración de la singular situación de Ceuta no puede llevar a la entera desnaturalización de la norma legal que contempla el alejamiento como medida a adoptar con carácter individual. Confirmación de sentencia que anula resolución por la que se acordaba el alejamiento de la ciudad de Ceuta de ciudadana nigeriana, con permiso para residir en España, y que se fundamentó en la excepcionalidad del permiso de residencia y en las limitaciones territoriales y socio-laborales que concurren en la Ciudad Autónoma de Ceuta, así como en su situación geográfica.
Ponente: Calvo Rojas, Eduardo
Nº de Recurso: 4398/2004
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7019, Sección Jurisprudencia, 24 Sep. 2008

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